STPS- revisiones laborales por la “Ley Silla”.-

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) dio a conocer que, a partir del 15 de diciembre de 2025, entraron en vigor todas las disposiciones de la denominada Ley Silla, derivadas del Decreto publicado el 19 de diciembre de 2024 y de las reglas sobre factores de riesgo laboral emitidas el 17 de junio de 2025. Con ello, el marco normativo resulta plenamente exigible en todos los centros de trabajo del país.

Entre las obligaciones más relevantes se encuentra la de proporcionar asientos con respaldo a las personas trabajadoras que desempeñan actividades de pie, de manera que puedan alternar la bipedestación con periodos de descanso sin afectar el desarrollo de sus funciones. Asimismo, los centros de trabajo deberán ajustar su Reglamento Interior para incluir los factores de riesgo identificados, las pausas durante la jornada y la ubicación y disponibilidad de las sillas, contemplando esquemas alternativos cuando la naturaleza de las tareas impida colocar el asiento en el puesto específico.

La STPS informó que la verificación del cumplimiento de la Ley Silla será incorporada en el Programa Anual de Inspección 2026, con el propósito de acompañar a las empresas en su correcta implementación. Al mismo tiempo, exhortó a los sectores industrial, comercial y de servicios a observar estas disposiciones, destacando que su cumplimiento favorece la prevención de riesgos laborales, disminuye la fatiga y lesiones musculoesqueléticas, y promueve condiciones de trabajo dignas, seguras y orientadas al bienestar y productividad de las personas trabajadoras.

Finalmente, es importante comentar que el presente documento se realiza con fines informativos y no representa opinión por parte de nuestra firma, por lo que los abogados y contadores de Praxworld Solution Business S.C., sugerimos utilizar el presente como mera referencia.

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