El pasado 23 de octubre de 2026, se promulgó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto mediante el cual se modifican y adicionan diversas disposiciones de la Ley Aduanera. Esta reforma otorga mayores atribuciones de comprobación a la autoridad aduanera ante declaraciones de valor inferiores al de mercancías idénticas o similares, al tiempo que reconfigura el marco de embargos precautorios y el régimen de sanciones.
Entre los aspectos más relevantes se encuentran los mecanismos para la sustitución del embargo precautorio en mercancías no sujetas a precios estimados —con plazos de hasta diez días hábiles posteriores a la notificación y esquemas de garantía condicionados al margen de diferencia de valor—, así como la implementación de sanciones severas, con multas que oscilan entre el 50% y el 100% del valor comercial para operaciones con hidrocarburos y petrolíferos bajo los supuestos del artículo 185.
El ordenamiento iniciará su vigencia el 1 de enero de 2027, imponiendo a la autoridad la obligación de emitir las reglas complementarias a más tardar el 31 de diciembre de 2026. Por lo anterior, se recomienda a las empresas importadoras revisar rigurosamente sus criterios de valoración aduanera y sus procesos de cumplimiento normativo.
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PRAXWORLD MAGAZINE
Reforma Integral a la Ley Aduanera: Nuevas facultades de fiscalización y medidas cautelares para 2027

