El Servicio de Administración Tributaria (SAT) comunicó que se encuentra habilitado el plazo para que las personas morales presenten su Declaración Anual correspondiente al ejercicio fiscal 2025. Dicho periodo inició el 1 de enero y concluirá el 31 de marzo de 2026. La autoridad exhortó a los contribuyentes a cumplir en tiempo y forma con esta obligación, a fin de evitar recargos, sanciones o consecuencias administrativas.
Conforme al calendario oficial:
- Sociedades en liquidación: deberán presentar su declaración a más tardar el 19 de enero.
- Personas morales sin fines de lucro: tendrán como fecha límite el 16 de febrero.
- Contribuyentes del Título II de la Ley del ISR y Régimen Simplificado de Confianza: deberán cumplir con la obligación a más tardar el 31 de marzo.
Para realizar el trámite es indispensable contar con e.firma vigente y acceso a banca electrónica, en caso de que el resultado arroje un saldo a cargo.
El SAT precisó que la nueva plataforma de Declaración Anual incorpora información precargada, incluyendo pagos provisionales, PTU pagada, retenciones enteradas, CFDI de devoluciones, descuentos y bonificaciones, así como remanentes de ejercicios anteriores. Cualquier ajuste deberá efectuarse mediante declaraciones complementarias, cuya actualización se reflejará en un plazo de 24 a 48 horas según el resultado.
Asimismo, recordó que desde el 1 de diciembre de 2025 se encuentra disponible el simulador de la Declaración Anual, herramienta que permite a las empresas revisar la información correspondiente al ejercicio fiscal 2025 antes de su presentación formal.
Finalmente, es importante comentar que el presente documento se realiza con fines informativos y no representa opinión por parte de nuestra firma, por lo que los abogados y contadores de Praxworld Solution Business S.C., sugerimos utilizar el presente como mera referencia.
El presente documento se realiza con fines informativos y, como siempre, los especialistas de Praxworld Solution Business S.C., estaremos atentos a los cambios que lleguen a suscitarse, poniéndonos a sus órdenes para cualquier asesoría relacionada con la presente en la siguiente dirección informes@praxworld.mx
