DOF- Ley Aduanera, Reforma-

El 19 de noviembre de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Aduanera entrando en vigor el 1 de enero de 2026.

La reforma a la Ley Aduanera tiene como propósito fortalecer el marco normativo para combatir la evasión y la elusión fiscal, incrementar la recaudación y modernizar los procesos aduaneros, cerrando espacios a la subvaluación y al contrabando.

Principales modificaciones

  • Sistemas tecnológicos
    • Obligación de recintos fiscales y fiscalizados de implementar sistemas de inventarios, videovigilancia, trazabilidad y monitoreo en tiempo real con acceso permanente a la autoridad.
    • Convenios con la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones para análisis de datos.
  • Agentes y agencias aduanales
    • Patente con vigencia de 20 años, prorrogable.
    • Certificación obligatoria cada tres años.
    • Presentación anual de evolución patrimonial y prohibición de vínculos con las empresas representadas.
    • Responsabilidad solidaria en el pago de impuestos y en la correcta determinación de contribuciones.
  • Mensajería y paquetería
    • ANAM otorgará autorizaciones para procedimientos simplificados de importación.
    • Empresas deberán contar con sistemas de análisis de riesgo.
  • Embargo precautorio
    • Procederá en caso de incumplimiento de NOMs de información comercial o irregularidades en importaciones temporales respecto a domicilios registrados.
  • Depósito fiscal y recintos fiscalizados estratégicos
    • Plazo máximo de 20 días para arribo de mercancías a almacenes generales de depósito.
    • Restricciones en el uso del régimen de recinto fiscalizado estratégico y obligación de demostrar procesos de transformación.
    • Garantía de impuestos mediante cuentas aduaneras de garantía.
  • Tratados de Libre Comercio
    • Requisito de evidencia documental de vigilancia aduanera en países no parte del tratado.
  • Operador Económico Autorizado
    • Cancelación definitiva del registro en casos de delitos fiscales o infracciones graves.
  • Pedimentos y expedientes electrónicos
    • Ampliación del plazo para transmisión de pedimentos consolidados.
    • Obligación de integrar comprobantes fiscales, transferencias y evidencia de custodia en expedientes electrónicos.
  • Cuentas aduaneras de garantía
    • Declaración mensual de usuarios por instituciones financieras.
  • Importaciones temporales e IMMEX
    • Reducción de plazo de retorno de embarcaciones y casas rodantes de 10 a 5 años.
    • En caso de cancelación de programas IMMEX, obligación de cambiar régimen o retornar mercancías.
  • Infracciones y sanciones
    • Incremento sustancial de multas: del 250% al 300% del valor comercial en casos de incumplimiento, falsedad de datos o mercancías no localizadas.
    • Nuevas sanciones específicas por transmisión de información incompleta o inexacta.
  • Otras disposiciones relevantes
    • Inclusión de definiciones como “Régimen Aduanero” y “documento equivalente”.
    • Responsabilidad solidaria en transferencias de mercancías importadas temporalmente.
    • Consideración de mercancías dañadas irreparablemente como retornadas.

En síntesis, la reforma refuerza la fiscalización, endurece las sanciones y exige mayor transparencia tecnológica y documental en las operaciones de comercio exterior, con el fin de garantizar el cumplimiento de obligaciones y proteger la recaudación federal.

Finalmente, es importante comentar que el presente documento se realiza con fines informativos y no representa opinión por parte de nuestra firma, por lo que los abogados y contadores de Praxworld Solution Business S.C., sugerimos utilizar el presente como mera referencia.

El presente documento se realiza con fines informativos y, como siempre, los especialistas de Praxworld Solution Business S.C., estaremos atentos a los cambios que lleguen a suscitarse, poniéndonos a sus órdenes para cualquier asesoría relacionada con la presente en la siguiente dirección informes@praxworld.mx

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