Mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación del 16 de octubre de 2025, se dió a conocer el DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, misma que
entró en vigor al día siguiente de su publicación
De dicha publicació podemos mencionar como principales puntos:
- Se modifica el supuesto de procedencia del Amparo Indirecto, en tratándose de actos de ejecución y cobro de contribuciones de créditos fiscales en resoluciones liquidatorias.
- La suspensión del acto reclamado podrá concederse discrecionalmente cuando se solicite respecto de actos relativos a determinación, liquidación, ejecución o cobro de contribuciones o créditos fiscales.
- Los transitorios señalan que las etapas procesales concluidas que genere derechos a las partes se regirán por las disposiciones vigentes al inicio de los mismos, sin embargo, las actuaciones procesales posteriores a la entrada en vigor de dicho decreto se regirá por las disposiciones del mismo.
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