DOF-4ta Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025-

El 28 de julio de 2025, se publicó en el DOF la Cuarta RESOLUCIÓN de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025. Se realizaron modificaciones a la regla 3.7.35. “Determinación de contribuciones por la importación de mercancías a través del procedimiento simplificado efectuado por empresas de mensajería y paquetería”.

  • Se reforma la regla 3.7.35., primer párrafo, fracción I:

I: Se aplicará al valor de las mismas una tasa global del 33.5%.

  • Se adiciona la regla 3.7.35., primer párrafo, fracción III, inciso c) :

c) Tratándose de mercancías cuyo valor en aduana sea superior a 117 (ciento diecisiete) dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en moneda nacional o extranjera, se aplicará al valor de las mercancías una tasa global del 19%, siempre que las mismas:

    1. Se encuentren amparadas con una guía aérea o conocimiento de embarque, y
    2. No se encuentren sujetas al cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias.

Es importante comentar que la entrada en vigor de la modificación será el 15 de agosto del 2025.

Finalmente, es importante comentar que el presente documento se realiza con fines informativos y no representa opinión por parte de nuestra firma, por lo que los abogados y contadores de Praxworld Solution Business S.C., sugerimos utilizar el presente como mera referencia.

El presente documento se realiza con fines informativos y, como siempre, los especialistas de Praxworld Solution Business S.C., estaremos atentos a los cambios que lleguen a suscitarse, poniéndonos a sus órdenes para cualquier asesoría relacionada con la presente en la siguiente dirección informes@praxworld.mx

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