DOF-Acuerdo que sujeta al requisito de aviso automático de exportación a las mercancías que se indican-

Mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación del 3 de junio de 2025 se dió a conocer el Acuerdo que sujeta al requisito de aviso automático de exportación las mercancías que se indican, esto deriva del Oficio No. 516.2025.1850, publicado el día 3 de junio de 2025 en el portal electrónico del Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE), establece una prórroga hasta el 7 de julio de 2025 respecto a la aplicabilidad del citado acuerdo.

Las solicitudes de aviso automático de exportación comenzarán a recibirse a partir del 30 de junio de 2025; Así mismo, el día 3 de junio de 2025 se publicó en SNICE el Boletín: B.SNICE 004/205, con las recomendaciones para solicitar el aviso.

Finalmente, es importante comentar que el presente documento se realiza con fines informativos y no representa opinión por parte de nuestra firma, por lo que los abogados y contadores de Praxworld Solution Business S.C., sugerimos utilizar el presente como mera referencia o consultar directamente el sitio https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5758614&fecha=29/05/2025#gsc.tab=0

El presente documento se realiza con fines informativos y, como siempre, los especialistas de Praxworld Solution Business S.C., estaremos atentos a los cambios que lleguen a suscitarse, poniéndonos a sus órdenes para cualquier asesoría relacionada con la presente en la siguiente dirección informes@praxworld.mx

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